Artículo 186 de la Constitución Guatemalteca prohibe a familiares de hasta el 4to.. grado de consanguinidad y el 2do. de afinidad de quien se desempeña como mandatario del país, ser candidato a la Presidencia. En este caso, la esposa del mandatario, se encuentra en el 1er. grado de afinidad!!!
Creo que seremos gobernados por gente que no sabe leer o simplemente utilizan la Constitución como papel Higiénico.
Saque usted su deducción, querido lector Postea esto en tu Facebook y twitter en repudio a este tipo de violaciones |
Se limpian el !"#$%, con la constitución, la pizotean, la escupen, la rompen, la vomitan... Lo único que no hacen es RESPETARLA...
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